BASES DE LA CONVOCATORIA PARA EL FOMENTO DE HERMANAMIENTOS DE MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE BURGOS CON MUNICIPIOS DE LA UNION EUROPEA Y AMERICA 2001
| Primera: | Objeto de la Convocatoria | |
| Constituye el objeto de la presente Convocatoria de subvenciones el fomento de Hermanamientos de Municipios de la Provincia de Burgos con Municipios de la Unión Europea y América. | ||
| Segunda: | Presupuesto | |
| El presupuesto inicialmente destinado a la presente Convocatoria es de 3.500.000 de pesetas. El gasto se efectuará con cargo a la Partida 95/121/462.00 del Presupuesto Provincial. | ||
| Tercera: | Actividades Subvencionables | |
| a) | Gastos de gestión para Hermanamientos realizados o en proceso de realizarse. | |
| b) | Coloquios organizados entre ciudades hermanadas. | |
| c) | Seminarios de Formación e Información para Responsables de Hermanamientos | |
| d) | Desplazamientos con objeto de lo anteriormente expuesto. | |
| e) |
Actividades conjuntas. |
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| f) | Elaboración de anagramas, logotipos, etc... | |
| g) | Participación en programas europeos. | |
| h) | Ceremonias de Hermanamientos. | |
| i) | Encuentros multilaterales entre Corporaciones menos favorecidas ya sea por su situación geográfica o por carecer de menos oportunidades. | |
| j) | Encuentros en los que participen jóvenes con temas de carácter europeo. | |
| k) | Proyectos cuya finalización sea el fomento de la colaboración en determinadas gestiones de interés para la Provincia de Burgos. | |
| Cuarta: | Actividades no subvencionables | |
| a) | Actividades con fines lucrativos. | |
| b) | Viajes de recreo. | |
| c) | Actividades de Hermanamiento e Intercambio cuyo ámbito geográfico sea interno en la Provincia de Burgos. | |
| Quinta: | Presentación de instancias y procedimiento | |
| La solicitud de subvención será suscritas por el Alcalde Presidente del Municipio. | ||
| Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial y dirigidas al Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación antes del día 15 de octubre de200l, acompañándose de la siguiente documentación: | ||
| - Programa de Actividades con asignación aproximada de ejecución de las mismas, previstas para el ejercicio. | ||
| - Presupuesto de cada una de las Actividades programadas. | ||
| La concesión de las subvenciones se efectuará mediante Acuerdo de la Comisión de Gobierno de la Diputación Provincial, previo Dictamen de la Comisión de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos. | ||
| Sexta: | Justificación del gasto y pago | |
| Las subvenciones concedidas serán efectivas previa presentación de la siguiente documentación: | ||
| a) | Facturas originales o fotocopias compulsadas por importe de la subvención concedida. | |
| b) | Certificado de estar al corriente de las obligaciones tributarias expedido por la Delegación de Hacienda, y con la Seguridad Social. | |
| c) | Certificación expedida por el Secretario de la Corporación Municipal, acreditando haber realizado las actividades objeto de la subvención. | |
| Séptima: | ||
| La concesión de subvenciones por la presente Convocatoria no servirá de precedente para la percepción de otras subvenciones que con el mismo objeto se convoquen en ejercicios sucesivos. | ||
| Octava: | ||
| 8.1. | La resolución de la presente Convocatoria será comunicada a los Ayuntamientos cuya solicitud sea subvencionada. El período máximo de resolución será de tres meses a contar desde la finalización del plazo de admisión de solicitudes. Por lo tanto, se podrán considerar desestimadas las solicitudes sobre las que no haya recaído resolución expresa transcurrido el plazo para resolver la Convocatoria. | |
| 8.2. | El solicitante, en caso de ser beneficiario de la ayuda requerida, quedará obligado a facilitar cuanta información, referida al caso, le sea precisada por la Diputación o por el Tribunal de Cuentas. | |
| 8.3. | La condición de beneficiario de las ayudas contempladas en esta Convocatoria quedará supeditada a que se encuentre al corriente de sus obligaciones fiscales con esta Diputación, que expedirá de oficio el oportuno justificante. | |
| Novena: | ||
| Los Municipio que reciban subvención a través de la presente Convocatoria se comprometen a incluir de forma expresa en los actos de publicaciones o de difusión de las actividades objeto de subvención, la colaboración de la Comisión de Relaciones Institucionales y Asuntos Europeos de la Diputación Provincial de Burgos. | ||
| Décima: | Disposiciones finales | |
| 10.1. | En todos los aspectos y cuestiones que no regulen las presentes Bases de conformidad con las de ejecución del Presupuesto General de esta Diputación para el año 2001, será de aplicación supletoria lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley General Presupuestaria y en el R.D. 2.225/1993, de 17 de diciembre, aclarándose que cada aplicación es meramente supletoria de aspectos no previstos y no complementaria o añadida a las previsiones actuales. | |
| 10.2 | La Comisión de Relaciones Institucionales, Asuntos Europeos y Juventud (Tel.:947/25.86.34), puede ofrecer Asesoramiento y puesta en marcha de las actividades programadas en el marco de esta Convocatoria. | |
| Undécima. | ||
| La presente convocatoria pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso de reposición potestativo, ante la comisión de Gobierno en el plazo de un mes, de conformidad con el artículo 116 de la Ley 4/1999, de 13 de enero de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; asimismo, podrá ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Burgos, en el plazo de dos meses a tenor del artículo 10.1 a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosos Administrativa. Ambos plazos contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente en el "Boletín Oficial de la Provincia". | ||
| No obstante los interesados podrán ejercitar cualquier otro que estimen procedente. |